La Nueva Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad comenzó en España en el año 2015 con el objetivo de brindar a las personas físicas y autónomos, en situación de insolvencia, una vía legal para cancelar sus deudas.

Novedades principales de la Nueva Ley de Segunda Oportunidad

Debido a la crisis ocasionada por la pandemia, se han planteado nuevas reformas a la Ley Concursal para tratar de superar esta situación que ha afectado a tantas familias y negocios. La Nueva Ley de Segunda Oportunidad se aprobó el 6 de septiembre del 2022 y a continuación te comentamos sus mejoras:

Protección a la vivienda

Anteriormente, la ley no definía el tema de la vivienda habitual del deudor. En ocasiones, se conservaba la vivienda, pero sólo se sabía en la etapa final cuando lo decidiera el juez. Con la nueva reforma, sí se puede conservar la vivienda habitual de la persona, sin ponerla en riesgo.

En estos casos, será necesario estar al corriente de pagos con la hipoteca. Se podrá pedir la cancelación del resto de las deudas (no la hipotecaria) y se establecerá un plan de pagos a 5 años.

Eliminación del Acuerdo Extrajudicial de Pagos

Se elimina la etapa del acuerdo extrajudicial de pagos y la figura del Mediador Concursal. Con la Nueva Ley de Segunda Oportunidad no será necesario pasar por esta etapa y seguimos directamente a la fase judicial donde solicitamos la cancelación del 100% de las deudas frente a un juez.

Cancelación de Deuda Pública

Uno de los cambios o modificaciones más esperados era el tema de deuda pública. Antes no se definía la cancelación de ningún tipo de deuda con la Administración. La nueva normativa establece la cancelación de hasta 10.000€ con Hacienda y hasta 10.000€ con la Seguridad Social, un total de eliminación de 20.000 euros de deuda pública.

El texto inicial del 2015 no establecía de forma clara la cancelación de este tipo de deuda, solamente se obtenían quitas, en dependencia del juez que revisara el caso y el resto se ponía a plan de pagos a 5 años. Mediante la nueva reforma, muchos autónomos y empresarios se benefician de estos cambios.

Menos duración y más económico

Otro cambio muy favorable ha sido el establecer un tiempo máximo de duración. Desde que se acepta la solicitud en juzgado hasta su resolución y cancelación de deudas deberán pasar solamente 18 meses como máximo.

Además, al eliminar la etapa de notario y mediador concursal, se agiliza mucho más la primera etapa del procedimiento. Incluso se requiere menos documentación, haciendo todo el proceso mucho más accesible y fácil para los deudores.

Empieza a cancelar tus deudas

Ser residente español

Este requisito es vital ya que la ley está establecida dentro del marco jurídico de España, por lo que es obligatorio para acceder a la cancelación de las deudas.
1

Ser insolvente

Es importante demostrar que con los ingresos actuales no se puede hacer frente a la deuda que se tiene y vivir de forma digna.
2

No tener antecedentes penales

No se deben tener antecedentes penales de tipo socioeconómicos en los últimos 10 años, ni de falsedad documental o contra la Hacienda y la Seguridad Social. Tampoco se debe tener una condena de más de 3 años contra los derechos de los trabajadores. Si la pena está cumplida (se borran los antecedentes) o la multa pagada se puede acceder a la Ley de Segunda Oportunidad.
3

Dos o más acreedores

La ley establece que se debe tener más de un acreedor para beneficiarse de la Ley Concursal. Puede ser deudas con distintos bancos, financieras, Hacienda, Seguridad Social, etcétera.
4

No más de 5 millones en deuda

La ley sólo exonera hasta cinco millones de euros.
5

Cinco años son acogerse a la ley

Para poder acceder a la Ley de Segunda Oportunidad se establece que el deudor no se haya beneficiado de la ley en los últimos 5 años. Anteriormente, el tiempo de espera era de 10 años.
6

Actuar de buena fe

Es importante que el deudor no haya caído en situación de deuda a propósito. Que la persona tenga buen historial crediticio y que en el pasado, si ha tenido alguna deuda, la haya pagado, pero actualmente su situación no le permite hacer frente a los pagos.
7

Elige a los mejores especialistas en Ley de Segunda Oportunidad

Nos ocupamos de hacer un estudio en profundidad de los distintos despachos especializados en Ley de Segunda Oportunidad para conocer cuál es la mejor opción para ti. 

Tasa de éxito

Para nosotros es importante los abogados que tengan experiencia en la Ley Concursal y que puedan demostrarlo a través de su cartera de cliente y casos ganados.

Integridad

Valoramos de forma positiva aquellos despachos que sólo aceptan casos que son viables y tiene posibilidades de ganar para no engañar al cliente ni crearle falsas esperanzas. 

Transparencia

Observamos con detenimiento la forma de actuar de los bufetes especializados en LSO desde que el cliente contacta. ¡Solo incluimos aquellos que son transparentes!

Compromiso

Lo más importante es el compromiso que tengan los despachos con llevar los casos de sus clientes hasta el final y que realmente las personas se libren del 100% de sus deudas.

Hablan de nosotros

Observamos la necesidad que tienen tantas familias y negocios con las deudas y decidimos ayudar con nuestra experiencia. 

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390

Preguntas Frecuentes sobre la Ley de Segunda Oportunidad

Toda persona física o autónomos que se encuentre en situación de deuda, no pueda hacer frente a la misma y cumpla con los requisitos de la ley.

Desde que se acepta la solicitud en juzgado hasta su resolución y cancelación de deudas deberán pasar solamente 18 meses como máximo.

Cada despacho tiene sus honorarios, los procesos suelen estar entre los 3.000 y 6.000 euros. Lo cierto es que se han reducido los costes adicionales del proceso al eliminar la figura del mediador concursal y el notario y la etapa de acuerdo extrajudicial de pagos.

La respuesta es que sí. Anteriormente no se incluía la deuda pública, pero con la reforma de la Ley Concursal se puede cancelar hasta 20.000 euros de deuda pública y toda la deuda privada.

Si deseas conservar la vivienda puedes hacerlo sin problema. Le resto de las deudas se establecerá un acuerdo de pago a cinco años y podrás seguir disfrutando de tu vivienda. Si, por el contrario, quieres deshacerte de ellas podrás eliminar todas tus deudas, incluyendo la hipotecaria, sin conservar el inmueble.

Se alcanzaron varios puntos muy favorables para el deudor:

  • Se incluye deuda pública en la eliminación de deudas.
  • Se acortan los tiempos a un máximo de 18 meses
  • Hay más protección para la vivienda habitual del deudor.
  • Se elimina la figura del Mediador Concursal y el acuerdo extrajudicial de pagos.
  • Ahora es más rápido, fácil y económico para el deudor.

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