Cuando se es deudor y no se cumple con los pagos, puede pasar que los acreedores hagan el reporte de la situación a listas o registros de morosos, entre estos se encuentra ASNEF o Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito.
ASNEF es una base de datos donde se guardan los perfiles de los clientes, sean personas naturales o jurídicas. Además, se guarda información judicial, reclamaciones de organismos públicos, información del Boletín Oficial del Registro Mercantil, entre otras.
Cabe recalcar que siempre que el acreedor informe al cliente que ante una situación de impago puede ser incluido en ASNEF estar allí es completamente legal, de forma similar ocurre con otro tipo de registros de morosos.
Regresando al tema inicial, son muchas las entidades financieras que consultan ASNEF, dentro de estas se incluyen los bancos, las empresas aseguradoras, las compañías de telefonía y las energéticas.
Ya que este es es uno de los registros de deudores más consultados en España, por lo que estar incluido en él puede dificultar que un banco acepte realizar un préstamo o una hipoteca, así como acceder a cualquier forma de financiación.
No obstante, antes de estar en la base de datos de ASNEF, hay unos requisitos que se deben cumplir. También hay que tener en cuenta que los derechos del consumidor deben prevalecer y respetarse en todo momento, lo cual se aborda en este artículo.
En este texto también responderemos preguntas comunes sobre la inclusión en ASNEF, como si se puede incluir a alguien sin avisar, cuánto tiempo puede estar en la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, cómo salir de la lista y cuáles son los derechos de los consumidores.
¿Qué derechos tengo si me incluyen en ASNEF?
Cuando hay impago, el acreedor puede incluir al deudor en ASNEF, pero debe realizar el debido proceso, para empezar hay que decir que la deuda por la que se incluye al consumidor debe ser de mínimo 50 euros para las personas físicas.
Además, debe estar vencida y con retraso de pago. Antes de ingresar los datos del deudor en ASNEF, la persona debe ser notificada de forma previa, y una vez ingresado el acreedor debe dar notificación en un plazo máximo de 30 días.
Luego de recibir esta comunicación, se le brinda al consumidor un periodo de diez días en los que se puede llevar a cabo el correspondiente pago de la deuda que se cobra.
Siendo así, los derechos que se tienen al ser incluido en ASNEF abarcan el derecho a la información de manera previa y luego de estar registrado. También se tiene derecho a consultar los datos que tiene la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito.
Si la deuda que ocasionó la inclusión en el registro no es correcta, se puede solicitar la eliminación de los datos personales, así como los de la deuda. Cuando la deuda ha sido saldada o ha prescrito, se puede pedir también la eliminación de los datos.
Para incluir a una persona en un listado de morosos como ASNEF, el contrato del crédito o préstamo del acreedor debe tener un apartado donde se abarque dicha posibilidad de forma expresa.
En dicho apartado, se le debe informar claramente a la persona que, en caso de no pagar, sus datos pueden ser compartidos a un registro de morosos.
¿Pueden incluirme en ASNEF sin avisarme?
Como te mencionamos antes, no se debe incluir a un deudor en ASNEF sin avisar de forma previa. Incluso si un acreedor solicita la inclusión de los datos de un consumidor en ASNEF, debió haberle mencionado de forma anticipada que, en caso de no pagar, esto podría ocurrir.
En el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 3/2018 del 5 de diciembre de la Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales, se menciona lo siguiente sobre los derechos del tratamiento de datos personales ligados al incumplimiento de las obligaciones dinerarias, financieras o de crédito:
a) Que los datos hayan sido facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés.
b) Que los datos se refieran a deudas ciertas, vencidas y exigibles, cuya existencia o cuantía no hubiese sido objeto de reclamación administrativa o judicial por el deudor o mediante un procedimiento alternativo de resolución de disputas vinculante entre las partes.
c) Que el acreedor haya informado al afectado en el contrato o en el momento de requerir el pago acerca de la posibilidad de inclusión en dichos sistemas, con indicación de aquéllos en los que participe.
De igual forma, la entidad que mantenga el sistema de información crediticia con datos relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias, financieras o de crédito deberá notificar al afectado la inclusión de tales datos y le informará sobre la posibilidad de ejercitar los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679 dentro de los treinta días siguientes a la notificación de la deuda al sistema, permaneciendo bloqueados los datos durante ese plazo.
d) Que los datos únicamente se mantengan en el sistema mientras persista el incumplimiento, con el límite máximo de cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación dineraria, financiera o de crédito.

¿Cuánto tiempo puedo estar en ASNEF y cómo salir de la lista?
Tras ser incluido en ASNEF, el deudor puede salir de este, como te mencionamos antes, cuando paga la deuda que tenía pendiente, cuando la deuda prescribe o si hay un error y se pide al acreedor que eliminé los datos brindados por ser incorrectos o violentar los derechos del cliente.
Ahora, en caso de impago, el tiempo que una persona puede estar en ASNEF es de 5 años, desde la fecha del vencimiento de impago incluidos en el sistema. Superado este plazo, los vencimientos de la deuda serán agregados al sistema y se dará de baja la información del consumidor.
¿Cómo puedo ejercer mis derechos como consumidor ante ASNEF?
Las personas que sean incluidas en ASNEF pueden solicitar la información que brindó el o los acreedores que solicitaron su inclusión en el listado de morosos.
Así mismo, en caso de que hayan sido ingresados por una deuda que está errada o sin contar con aviso previo, pueden proceder a hacer una reclamación por medios judiciales.
Para denunciar la inclusión sin aviso en ASNEF, se debe demandar ante los tribunales de justicia, solicitando la eliminación de los datos y, en algunos casos, el resarcimiento por perjuicios.
Finalmente, como se mencionó antes, el deudor tiene derecho a ser eliminado del registro cuando se cumplen 5 años desde la fecha de vencimiento de la deuda.
¿Es legal que las empresas consulten ASNEF antes de darme un servicio?
Sí, las empresas pueden consultar si tienes registro en ASNEF u otro registro de morosos, ya que, antes de dar cualquier tipo de servicio, es totalmente usual que los acreedores hagan una consulta previa de los antecedentes, así como del historial crediticio del solicitante.
Es por esto que estar en ASNEF afecta directamente la posibilidad de adquirir cualquier tipo de crédito. En síntesis, al ser incluido en la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, ASNEF, los consumidores tienen derecho a recibir información previa por parte de los acreedores, así como de ser avisados cuando ya se haya hecho la inclusión.
Al pagar la deuda, tienen derecho a que sus datos se eliminen del registro, así como cuando la deuda prescriba. Si has sido incluido en ASNEF sin aviso previo y no sabes de qué forma proceder, comunícate con nosotros, tenemos experiencia en la defensa de los derechos de los consumidores.
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