Diferencia entre un delito agravado y uno atenuado en la Seguridad Social

Diferencia entre un delito agravado y uno atenuado en la Seguridad Social
Diferencias entre delitos agravados y atenuados en la Seguridad Social, sus características, sanciones y cómo afectan a empresas y particulares.

Los delitos contra la Seguridad Social son las acciones u omisiones que afectan el patrimonio de esta entidad, en nuestra legislación se regulan tanto en la Constitución como en el Código Penal.

En el artículo 31 de la constitución, se menciona sobre el tema que:

“Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.”

En el apartado dos, se afirma además, que el gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía y que sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.

Ahora, en base a esto, te contamos la diferencia que existe entre un delito agravado y uno atenuado en la Seguridad Social, lo que es cada uno, así como las características, y las penas.

¿Qué es un delito agravado en la Seguridad Social y cuáles son sus características? 

Antes de empezar a hablar sobre el delito agravado contra la Seguridad Social y sus características, hay que empezar mencionando lo que define el Código Penal como delitos de esta categoría. En el artículo 307, se lee que estos se llevan a cabo cuando alguien por acción u omisión, defrauda a la Seguridad Social eludiendo el pago de las cuotas y conceptos de recaudación conjunta, para obtener indebidamente devoluciones de las mismas o disfrutando de deducciones por cualquier concepto.

Adentrándonos, específicamente, del delito agravado se encuentra que este delito contra la Seguridad Social, se da cuando el valor defraudado es superior a los 120.000 euros, se hizo dentro de una organización criminal,  se usó a personas jurídicas o físicas, o paraísos fiscales para ocultar el delito. Cuando se da alguna infracción de las mencionadas, la pena de prisión tiene un rango que va desde los dos hasta los seis años, mientras la multa es seis veces lo defraudado.

¿Qué es un delito atenuado en la Seguridad Social? 

El delito atenuado de la Seguridad Social se presenta cuando las acciones tienen menor gravedad. En el artículo 307 ter del Código Penal, se define este al expresar que se comete cuando alguien obtiene, para sí o para otro, el disfrute de prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, la prolongación indebida del mismo, o facilite a otros su obtención, por medio del error provocado mediante la simulación o tergiversación de hechos, o la ocultación consciente de hechos de los que tenía el deber de informar, causando, con ello, un perjuicio a la Administración Pública.

A diferencia del delito contra Seguridad Social agravado, el delito atenuado tiene una disminución notoria de las penas, el que lo cometa tendrá un castigo que va desde los seis meses a los tres años de prisión.

¿Qué diferencia hay entre un delito agravado y uno atenuado en el ámbito de la Seguridad Social? 

La principal diferencia que hay entre un delito agravado y uno atenuado, en el ámbito de la Seguridad Social, es la gravedad con la que se haya cometido, así como los detalles y condiciones bajo las que se realizaron los delitos, ya que esto incide de forma directa en la pena y en la multa económica a pagar.

Otra diferencia importante es la cantidad de dinero defraudada, pues en el delito agravado la cantidad es superior a los 120.000 euros, mientras en el tipo atenuado la cantidad es menor, y por lo tanto la pena o sanción suele también serlo. Aunque, en ambos tipos de delitos la cantidad defraudada deberá ser superior a los 50.000 euros.

Un punto importante es que la persona que haya cometido un delito agravado o atenuado podrá regularizar su situación realizando el completo reconocimiento y pago de la deuda antes de haber sido notificado de la iniciación de actuaciones inspectoras dirigidas a la determinación de dichas deudas o, en caso de que tales actuaciones no se hubieran producido, antes de que el Ministerio Fiscal o el Letrado de la Seguridad Social interponga querella o denuncia.

Cuáles son las penas por un delito agravado en comparación con uno atenuado

¿Cuáles son las penas por un delito agravado en comparación con uno atenuado? 

La calificación de un delito como agravado o atenuado influye directamente en la pena impuesta. La diferencia radica en la concurrencia de circunstancias agravantes o atenuantes, según lo establecido en el Código Penal.

En el caso de los delitos contra la Seguridad Social, cuando se consideran agravados, las penas pueden oscilar entre dos y seis años de prisión, además de multas y la posible inhabilitación para ejercer actividades relacionadas con la administración de fondos públicos o Seguridad Social. Por otro lado, si el delito es calificado como atenuado, la pena se reduce significativamente, con un margen que va desde seis meses hasta tres años de prisión.

La distinción entre agravado y atenuado depende de factores como la cuantía del fraude, el uso de medios fraudulentos sofisticados, la reincidencia o la reparación del daño antes del inicio del procedimiento penal.

¿Cómo afecta la gravedad del delito a las sanciones en la Seguridad Social?

Como se ha explicado hasta este punto, la gravedad del delito afecta en gran medida la determinación de las sanciones en la Seguridad Social, ya que cuando son delitos atenuados, donde comúnmente se incluyen fraudes menores, la pena de prisión va desde los seis meses hasta los 3 años, y la multa de seis veces lo defraudado.

Por otro lado, en el caso de los delitos agravados las características dan cuenta de acciones u omisiones más planeadas, que por consiguiente generan más afectaciones en la recaudación del dinero público, abarcando incluso el haber participado en una organización criminal o el uso de paraísos fiscales, con un valor defraudado que supera los 120.000 euros.

En conclusión, entre la diferencia de un delito agravado y uno atenuado contra Seguridad Social está el nivel de gravedad, el valor defraudado, y las condiciones en las que se llevó a cabo el delito, ¿tienes alguna causa con la Seguridad Social, y quieres acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, pero no sabes cómo proceder? ¡Escríbenos!

¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?

¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!

Promedio de puntuación 0 / 5. Recuento de votos: 0

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

¡Siento que este contenido no te haya sido útil!

¡Déjame mejorar este contenido!

Dime, ¿cómo puedo mejorar este contenido?

Más información sobre la Ley de Segunda Oportunidad

Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad