¿Cuánto es el plazo para cobrar una deuda según la Ley de Segunda Oportunidad?

¿Cuánto es el plazo para cobrar una deuda según la Ley de Segunda Oportunidad
Cómo la Ley de Segunda Oportunidad afecta los plazos de reclamación de deudas, qué hacer si una deuda prescribe y cómo protegerte frente.

Como duda general de la vida económica puede surgir la pregunta de cuánto es el plazo para cobrar una deuda, en nuestro país esto está estipulado en el Código Civil, específicamente en el artículo 1964 donde se establecen los plazos de prescripción de las deudas, allí se menciona lo siguiente:

  1. La acción hipotecaria prescribe a los veinte años.
  2. Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. En las obligaciones continuadas de hacer o no hacer, el plazo comenzará cada vez que se incumplan.

Aunque, cabe recordar que hay plazos específicos para cada tipo de deuda, ya sea una deuda con Seguridad Social, con Hacienda, de alquiler de vivienda, de una tarjeta de crédito, entre otras.

Ahora y centrándonos en la Ley de Segunda Oportunidad hay dos formas en las que el deudor puede eliminar el total o una parte de sus deudas, en la primera opción esta la liquidación de la masa activa que consiste en que deudor paga la deuda por medio de los bienes con los que cuenta, y la segunda opción es con un plan de pagos que se propone a los diversos acreedores para conseguir la exoneración temporal de las deudas siempre y cuando cumpla con el pago acordado.

En la última opción se puede dar un plazo para el cobro de las deudas pendientes, aunque la duración del plan puede ir de 3 a 5 años en el momento en que el deudor deje de hacer los respectivos pagos el acreedor afectado puede realizar el respectivo cobro.

En esta oportunidad te contamos cuánto tiempo tiene un acreedor para reclamar una deuda, lo que pasa cuando una deuda prescribe, y si es posible reiniciar el plazo de prescripción de una deuda, entre otros aspectos relacionados al tema, quédate hasta el final.

¿Cuánto tiempo tiene un acreedor para reclamar una deuda?

El tiempo que tiene un acreedor para reclamar una deuda en general es de cinco años como contamos al inicio y está concebido en nuestra legislación, pero hay plazos específicos para cobrar cada deuda, siendo así las deudas de alquiler de vivienda tienen un plazo de cobro de 5 años, al igual que las deudas por falta de pago de la pensión alimentaria, las deudas generadas por préstamos personales y las de tarjetas de crédito.

Por otra parte el plazo de cobro de las deudas con Hacienda es de 4 años, al igual que las deudas con la Seguridad Social, por su parte las deudas generadas por contratos de hipotecas es de 20 años.

¿Qué pasa si una deuda prescribe?

La prescripción es una forma de eliminación de las deudas, las otras son el pago, la condonación, o la caducidad. Cuando una deuda prescribe el derecho de cobro del acreedor se elimina tras el plazo de tiempo de la existencia de la deuda establecido por la ley.

De esta forma, el acreedor pierde el derecho de exigir el pago de la deuda por medios judiciales o extrajudiciales, pero vale aclarar que la prescripción no implica que la deuda desaparezca inmediatamente del historial del deudor.

Es posible reiniciar el plazo de prescripción de una deuda

¿Es posible reiniciar el plazo de prescripción de una deuda?

Sí que es posible reiniciar el plazo de prescripción de una deuda, el acreedor tiene la potestad de interrumpir el plazo mediante la realización de acciones como los cobros judiciales y extrajudiciales mientras el deudor lo puede hacer cuando reconoce de alguna forma la existencia de esta deuda pendiente de pago.

Si se dan algunas de las acciones mencionadas el plazo de prescripción va a reiniciarse empezando a contar desde cero, como puedes notarlo realmente es bastante difícil que una deuda prescriba porque lo más habitual es que el acreedor haga los respectivos cobros cuando hay situaciones de impago.

¿Qué sucede si el deudor no responde a una reclamación judicial?

Si el acreedor inició una reclamación judicial de una deuda lo más posible es que trató de llegar a acuerdos de pago y cobró de forma reiterada sin obtener la respuesta esperada, y tras esto acudió al sistema judicial para hacer la respectiva reclamación.

Comúnmente las reclamaciones de este tipo se hacen a través de un juicio monitorio donde el acreedor lleva la documentación que prueba la existencia de la deuda para que después un juez se comunique con el titular de la deuda y le dé un plazo de 20 días para ponerse al día, o para reclamar al considerar que lo que se le cobra no es legítimo.

Si tras esto, se comprueba la veracidad de la deuda y el deudor sigue sin pagar el acreedor puede pedir el embargo de los bienes y activos para poder saldar la deuda pendiente.

Aunque sí definitivamente a pesar de tener voluntad de pago no se puede terminar de pagar, el deudor puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad para eliminar de forma total o parcial las deudas que tiene tras estar en una situación económica que no le permite hacer frente a sus responsabilidades.

¿Cuándo consultar a un abogado especializado?

El deudor puede consultar un abogado especializado cuando sienta que necesita ayuda para proteger sus derechos en caso de que una deuda se le cobre de forma irregular, o de que se le están cobrando intereses extra por la misma.

De igual forma se puede consultar un abogado especializado cuando se está atravesando un juicio monitorio, también para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad cuando a pesar de querer pagar una o varias deudas por motivos de insolvencia no es posible, pero debe cumplir otros requisitos.

Si tienes muchas deudas, y no sabes qué hacer con esta situación tras recibir numerosos cobros de forma frecuente puedes escribirnos, contamos con nueve años de experiencia brindando información real sobre la Ley de Segunda Oportunidad a nuestros usuarios.

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