En nuestro país existen diferentes registros de morosos, su objetivo de uso es claro: hacer transparente la información sobre las deudas que tenga una persona física o jurídica con uno o varios acreedores específicos, así como los procesos concursales que se estén desarrollando en algunos ficheros.
Existe legislación sobre el tema, esta se consagra en el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de datos de Carácter personal y la Instrucción 1/1995 de la Agencia Española de Protección de Datos EPD.
Donde se menciona que quienes se dediquen a prestación de servicios de información sobre la solvencia patrimonial y el crédito sólo podrán tratar datos de carácter personal obtenidos de los registros y las fuentes accesibles al público establecidos al efecto o procedentes de informaciones facilitadas por el interesado o con su consentimiento.
Exponen también que podrán tratarse también datos de carácter personal relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés.
Para finalmente exponer que sólo se podrán registrar y ceder los datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los interesados.
Teniendo este breve contexto en cuenta, y refiriéndonos específicamente a los dos tipos de registros de morosos como el Registro Público Concursal y del ASNEF, te vamos a contar en este artículo, los efectos que tiene estar en registros como estos, la información que se registra en ambos, y la duración de inscripción.
¿Qué diferencia hay entre el Registro Público Concursal y ASNEF?
El Registro Público Concursal es una base de datos donde se hacen públicas las solicitudes, los procedimientos y las resoluciones vinculadas a los concursos de acreedores e insolvencia.
En su sitio web oficial se lee que este se constituye como una herramienta que está a disposición de los acreedores que están en concurso así como de la Administración de Justicia en la que se puede consultar por situaciones de concursos, expedientes, y negociaciones de acuerdos de pagos.
Mientras que el ASNEF, acrónimo de Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, es una base de datos donde se puede consultar si una persona que solicita un crédito es deudor en mora de otra entidad o entidades.
Esto con el propósito de que antes de evaluar la solicitud del crédito se pueda contar con información más fiable y detallada antes de aprobar o rechazar la solicitud.
¿Cómo afecta estar en el Registro Público Concursal comparado con ASNEF?
Estar en el Registro Público Concursal afecta negativamente la reputación de una persona, pues al estar incluido en este la persona tuvo que declararse en insolvencia, ya sea para hacer una liquidación o una reestructuración.
Por lo que, estar en el Registro es un indicio de malas condiciones económicas, lo que a su vez tiene consecuencias en el acceso al crédito que esté solicitando la persona, así como en las exigencias que se le piden desde entidades financieras para acceder a él.
Por su parte, estar en el ASNEF significa que la persona sea física o jurídica tiene deudas que no ha pagado ya sea con entidades comerciales o financieras, tal y como sucede con el Registro Público Concursal uno de los principales efectos es el acceso a créditos u otros servicios bancarios.
Otro limitante importante al ser parte del ASNEF es el debilitamiento en la negociación con otros, ya que es común que antes de cerrar un contrato comercial las empresas consulten la información del interesado en realizar tratos comerciales en esta base de datos.
¿Cuáles son las consecuencias de estar en el Registro Público Concursal frente a otros registros?
Las consecuencias de estar en el Registro Público Concursal son varias, estar allí implica una reestructuración de las deudas, o la liquidación total. Por otra parte, la información sobre los procesos concursales en el registro es pública y cualquier solicitante puede tener acceso a ella.
Por último, para poder eliminar los datos que aparecen allí se debe hacer una resolución del proceso concursal, tras esta el tiempo de espera para que los datos se eliminen por completo es un mes, por lo que se podría seguir afectando la reputación con posibles fiadores incluso un mes después de solucionar las deudas con los acreedores.
¿Qué información se registra en el Registro Público Concursal y en ASNEF?
La información que se inscribe en el Registro Público Concursal es la de los procedimientos judiciales de insolvencia, y de reestructuración. Los datos pertenecientes al procedimiento concursal, los datos del deudor, del administrador, la información de los activos y los pasivos, las resoluciones judiciales.
El ASNEF contiene los datos del deudor, su información básica dependiendo si es persona física o empresa, los detalles de la deuda, que abarca el valor que se debe, y la entidad o persona a la que se le debe, el estado de la deuda, y el motivo de registro.
¿Cuál es la duración de la inscripción en el Registro Público Concursal en comparación con ASNEF?
La duración de inscripción en el Registro Público es de un mes desde que se haga la solución del proceso concursal, si no se soluciona esta, la duración se extiende hasta que se haga el pago a los acreedores.
La duración de inscripción en el ASNEF dependerá del tiempo que el deudor tome para hacer el pago o los pagos que tiene pendientes, y a los cinco años desde la fecha de cada uno de los vencimientos no pagados incluidos en el sistema.
En resumidas cuentas, la diferencia entre el Registro Público Concursal y el ASNEF es que el primero de estos es, como su nombre lo indica, público y el segundo privado. Otra de las diferencias es que el Registro Público tiene información ligada al procedimiento concursal, y su solución mientras el ASNEF tiene información enfocada en las deudas impagas.
¿Fuiste incluido en un registro de morosos? ¿Tienes dudas sobre el Registro Público Concursal o el ASNEF? ¡Consulta con nosotros! Tenemos un equipo de expertos que te ayudarán a eliminar tus datos de los registros morosos.
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