¿Se puede embargar una pensión no contributiva?

¿Se puede embargar una pensión no contributiva?
Conoce si una pensión no contributiva puede ser embargada en España, los límites legales, casos permitidos y cómo proteger tus derechos.

Cuando se tienen deudas y estas no se pagan, se puede llegar al proceso de embargo, aunque este es el punto más extremo y se acude a él cuando se han agotado otros acuerdos de pago. El embargo está definido en nuestra legislación, en el artículo 532 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se establece el orden de embargo de los bienes y el dinero.

Antes de responder si es posible o no que a una persona que debe se le embargue la pensión no contributiva, vamos a empezar definiendo lo que se entiende por esta.

En el sitio web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones definen la pensión no contributiva como las prestaciones económicas que se reconocen a los ciudadanos que, se encuentran en situación de necesidad protegible, y carecen de recursos suficientes para subsistir en los términos legales establecidos, aún cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones de Invalidez y Jubilación.

Se expresa, además, que la gestión de estas pensiones corresponde a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma, así como a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Retomando el tema inicial del artículo, sí que es posible que se embargue la pensión contributiva, pero bajo ciertos casos. En esta ocasión, te contamos más sobre esto, también te respondemos qué ocurre si se te embarga la pensión no contributiva sin respetar los límites establecidos, y en qué casos se permite embargar este tipo de pensiones.

¿Qué ocurre si se embarga la pensión no contributiva sin respetar los límites establecidos?

Todos los tipos de pensiones pueden ser embargadas, pero se deben respetar los límites establecidos que están en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil donde se expresa que el Salario Mínimo Interprofesional no puede embargarse, siendo así

  • La primera cuantía adicional hasta el doble del SMI se puede embargar en un 30%.
  • La cuantía adicional hasta el triple del SMI, en un 50%.
  • La cuantía adicional hasta 4 veces el SMI, en un 60%.
  • La cuantía adicional hasta 5 veces el SMI, en un 75.
  • Cualquier cantidad que exceda de la cuantía anterior, en un 90%.

En situaciones donde no se respetan los límites lo que procede es que el afectado puede demandar el nulo de pleno derecho, como se afirma en el artículo 609 de la misma Ley de Enjuiciamiento Civil.

¿En qué casos se permite embargar una pensión no contributiva? 

Una pensión no contributiva puede embargarse cuando la persona que la reciba tenga deudas con diferentes acreedores y no las haya solventado, aunque en general la legislación española suele proteger este tipo de pensiones, al considerarlas como ingresos mínimos necesarios para la subsistencia. 

Como ya te mencionamos, los porcentajes que pueden embargarse en el caso de las pensiones o los sueldos en apartados anteriores, pero puede ocurrir que se salten estos límites aunque la única forma de que se de es que el deudor tenga una sentencia que le condene al pago de alimentos.

¿La Ley de la Segunda Oportunidad cómo da solución frente a este embargo?

La Ley de Segunda Oportunidad representa una gran alternativa o vía de escape para las personas y empresarios autónomos que tienen deudas, pero por estar en insolvencia no pueden pagarlas. Una de las grandes ventajas que tiene el acogerse a dicha ley es que cuando se está en el proceso se detienen los embargos que tenga el deudor en su contra.

Por tal motivo, la Ley de Segunda Oportunidad sería una solución valiosa a la hora de sufrir un embargo de la pensión no contributiva, pero hay que mencionar también que para acogerse se deben cumplir con ciertos requisitos como: haber actuado de buena fe, tener dos o más acreedores, y no haber cometido delitos económicos 10 años antes de acogerse, entre otros.

¿Qué límites existen para el embargo de una pensión no contributiva?

Como te contamos antes, los límites que existen para el embargo de cualquier tipo de pensión, incluida la pensión no contributiva, y de sueldos, está detallado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, específicamente en el artículo 607 donde se menciona lo siguiente:

1. Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 por 100.

2. Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 por 100.

3. Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60 por 100.

4. Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75 por 100.

5. Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90 por 100.

Cómo afecta el embargo a las personas con pensión no contributiva

¿Cómo afecta el embargo a las personas con pensión no contributiva? 

Dada la naturaleza de este tipo de pensión el efecto del embargo sobre esta prestación económica tiene un efecto considerable, ya que usualmente el dinero recibido es usado para suplir las necesidades básicas de las personas.

Por lo cual, en caso de sufrir el embargo, lo recomendable es acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad si no se puede pagar por estar en insolvencia, además se puede optar por buscar asesoría legal rápidamente.

¿Qué derechos tienen los beneficiarios ante un embargo de pensión?

Los derechos son varios, en primer lugar no sufrir el embargo de una pensión que sea igual al valor del Salario Mínimo Interprofesional, además de que se respeten los límites embargables establecidos por nuestra legislación, y se puede impugnar el embargo.

En síntesis, el embargo de la pensión no contributiva se puede realizar siempre y cuando esta supere el valor del Salario Mínimo Interprofesional, y se respeten los límites establecidos.

¿Quieres acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad para evitar el embargo de tu pensión no contributiva? Nosotros podemos darte asesoría sobre este tema.

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