La Ley de Segunda Oportunidad, como su nombre lo indica, permite que quienes tengan deudas empiecen de cero. Aunque eso suene como un sueño, conlleva responsabilidades y decisiones difíciles. Acá te explicamos cómo afecta la Ley de Segunda Oportunidad a la hipoteca.
¿Puedo cancelar la hipoteca con la Ley de Segunda Oportunidad?
Los deudores que se acojan a la Ley de Segunda Oportunidad, sean personas físicas o autónomos, podrían liquidar parte de su patrimonio (siempre que no sea esencial para tener una vida digna) para saldar las deudas con sus acreedores, tantas como pueda.
El objetivo, que beneficia al deudor que recurre a ella, es que un juez podrá exonerarlo del pago del dinero restante, una vez entregue parte de su patrimonio (si lo tiene o tiene más de un activo o inmueble y que no se considere vivienda habitual), aunque no tenga el mismo valor de las obligaciones pendientes.
En ese sentido, sí se puede cancelar la hipoteca con la Ley de Segunda Oportunidad, pero en la mayoría de los casos a cambio tendrá que entregar su vivienda. Pongamos un ejemplo, si deseas eliminar, además de las otras deudas, la hipotecaria, podrías hacerlo, pero siempre que no se quiera conservar la vivienda. En caso de querer conservarla, se continuará con el pago de la hipoteca y con las deudas restantes se llegará a un acuerdo de plan de pagos con los acreedores.
En qué casos podré conservar mi casa
Con respecto a poder conservar la vivienda que está en hipoteca, dependerá de lo que desee hacer el deudor, ya que gracias a la nueva reforma de la Ley de Segunda Oportunidad queda protegida la vivienda habitual. Siempre debemos destacar que se debe tener los pagos de la hipoteca al día y tener la capacidad de continuar con esta sin incurrir en impagos.
Recomendamos contar con un abogado experto en el tema que pueda asesorarte en cuál pudiera ser la mejor opción según tu situación actual y futura.
¿Puedo elegir deshacerme de la vivienda para cancelar otras deudas?
Si el deudor considera que lo mejor es entregar su vivienda, como parte del patrimonio para saldar las responsabilidades pendientes con sus acreedores, puede hacerlo.
Este caso es habitual cuando el deudor no tiene la capacidad de continuar con la hipoteca o es de reciente adquisición o también cuando la venta de la vivienda generaría un valor significativo que cubra las deudas y sea esa su decisión
¿Qué ocurre con los avalistas de la hipoteca en la Ley de Segunda Oportunidad?
En ocasiones, las personas recurren a avalistas para obtener la hipoteca de un inmueble, quienes anteriormente, con el artículo 178 bis de la Ley Concursal no quedaban exonerados de la deuda, aunque el deudor se acogiera a la Ley de Segunda Oportunidad.
Es decir, que, aunque quien entregara su hipoteca para saldar la deuda ya no tuviera esta responsabilidad, la obligación seguía recayendo en los avalistas (en casos donde quedaban costas, a pesar de la dación en pago de la vivienda), lo que para la jurisprudencia resultaba ilógico.
Por lo anterior, los tribunales han considerado que ser avalista es un papel secundario, que no existe sin el principal, o sea del titular de la deuda. Así que, si no hay obligación existente, tampoco cabe que un tercero cuente con responsabilidad sobre una hipoteca.
Lo que está acorde con el Código Civil que en su artículo 1847 dispone que “la obligación del fiador se extingue al mismo tiempo que la del deudor”.
Si tengo varias propiedades, ¿cómo afecta a la Ley?
Cabe mencionar que el recurso para exonerar un inmueble de la Ley de Segunda Oportunidad solo aplica para la vivienda habitual del deudor, no para sus otras propiedades.
En el mismo sentido, si trata de ocultar que cuenta con muebles o inmuebles adicionales a su vivienda, podría ser denunciado por el delito de frustración de la ejecución (ocultar o desaparecer el patrimonio). De igual forma, los acreedores pueden realizar una reclamación y se abriría el procedimiento nuevamente.
Si el embargo no ha cancelado todas mis deudas, ¿puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?
Como ya se ha mencionado más arriba, la Ley de Segunda Oportunidad tiene el fin de que los deudores puedan empezar de nuevo, esta vez sin deudas.
Así que, al recurrir a esta ley, el banco será citado para una reunión de acuerdo extrajudicial de pagos (AEP), como si fuera igual que cualquier otro acreedor. Allí se votará y si se aprueba, quedará sometido a este.
Si el AEP no es aprobado y termina en un concurso sucesivo, las deudas que tenga con el banco serán sometidas a un plan de pagos.
Cabe resaltar que el AEP no es estrictamente necesario con las reformas realizadas sobre la Ley de la Segunda Oportunidad en el 2022. Aun así, puede ser un mecanismo eficiente si acreedores y deudor lo consideran conveniente.
Recapitulando lo expuesto, podemos decir que la Ley de la Segunda Oportunidad ofrece la posibilidad de mantener la vivienda habitual o la hipoteca, siempre y cuando esta cumpla unos requisitos muy específicos. ¡es posible retener el piso!
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