Ante una situación de sobreendeudamiento en la que no puedas responderle a tus acreedores y tus bienes terminan en liquidación para poder hacerle frente a tu situación, si actúas de manera indebida, podría empeorar el panorama. Allí es donde entra la pregunta a responder, ¿qué es un concurso culpable?
Concurso culpable vs concurso fortuito
El concurso culpable es el declarado por un juzgado que establece que tu insolvencia se dio por dolo o culpa grave; o sea que, tus actos, los de administradores o representantes legales (en el caso de las personas jurídicas), causaron o empeoraron la situación.
Mientras que, en los concursos fortuitos, la insolvencia se da por causas ajenas a su voluntad, como puede serlo el comportamiento del mercado o las afectaciones del COVID-19 a la economía mundial.
¿Cuáles son los requisitos del concurso culpable?
En el artículo 443 de la Ley Concursal se establece que el concurso será declarado culpable si se presenta alguna de estas situaciones:
- Alzamiento de bienes: El deudor oculta sus bienes para engañar a los acreedores para que no obtengan su dinero.
- Disminuir de forma fraudulenta el patrimonio: Se manipulan los bienes y elementos del patrimonio en los dos años anteriores a la declaración del concurso, para defraudar al acreedor.
- Simulación patrimonial: Con actos jurídicos el deudor aparenta que su situación patrimonial es diferente a la real; lo que hace, por ejemplo, reconociendo deudas que no tiene, para desmotivar al acreedor a cobrarle.
- Presentación de documentación falsa: Esto con el fin de que los acreedores no conozcan su situación patrimonial real.
- Incumplir obligaciones contables: Quien lleva la contabilidad comete irregularidades graves, lo que interfiere con el trabajo del administrador concursal.
- Incumplir el convenio: Se llega a un acuerdo con los acreedores y no se cumple con este.
- Solicitud fraudulenta: El deudor solicita el concurso sin requerirlo.
¿Cuáles son las causas del concurso culpable?
- No solicitar la declaración del concurso: El deudor o sus representantes tienen la obligación de solicitarlo dentro de los meses siguientes a conocer su insolvencia.
- No colaborar: El deudor, administradores o representantes legales deben facilitar la información necesaria y asistir a las juntas con acreedores. Si no lo hacen es un incumplimiento de la obligación.
- No presentar las cuentas anuales: Se debepresentar el registro de contabilidad de los tres años anteriores a la declaración del concurso.
![Corresponsabilidad en el concurso de acreedores culpable](https://nuevaleysegundaoportunidad.es/wp-content/uploads/2023/05/Consecuencias-del-concurso-de-acreedores-culpable.webp)
Consecuencias del concurso de acreedores culpable
- Inhabilitación de los representantes legales o administradores para gestionar sus bienes o los de terceros por un periodo entre dos y 15 años.
- Pérdida de derecho a cobrar en el concurso, o sea que no pueden ser acreedores.
- Devolución de derechos obtenidos de forma indebida.
- Obligación de indemnizar por daños y perjuicios.
- Cubrir la pérdida del concursado en su patrimonio, en caso de liquidación.
Corresponsabilidad en el concurso de acreedores culpable
En un principio se considera como principal responsable de la insolvencia al concursado, pero si hay una sociedad otros, como administradores, directores, socios y representantes legales, pueden ser corresponsables. También se habla de cómplices refiriéndose a terceros que ayudaron a llevar a cabo acciones que hacen que el concurso sea culpable.
¿Qué pruebas en contrario a la culpabilidad se pueden aportar?
La declaración del concurso se presume culpable, pero se pueden presentar pruebas en contrario en los siguientes casos:
- No solicitar el concurso voluntariamente.
- No colaborar con el juez por no contar con la información necesaria.
- No asistir a junta de acreedores.
- No presentar la contabilidad anual.
- No haber cumplido con el acuerdo con acreedores.
- Con causa razonable no se realizó capitalización de acuerdos, lo cual frustró la refinanciación del acuerdo.
Regulación del concurso de acreedores culpable
El concurso culpable está regulado por el Real Decreto Legislativo 1/2020 del Texto Refundido de la Ley Concursal. En su artículo 442 se establece que este se da si hay dolo o culpa grave en la generación o agravación de la insolvencia, mientras en el 443 se establecen los requisitos para declararlo, puntos que ya tratamos más arriba.
Sentencia de concurso culpable
Al declararse el concurso culpable se emite una sentencia (artículo 445 de la Ley Concursal) que debe incluirse en el Registro Público Concursal, con los nombres de las personas involucradas. Además, figuran los cargos impuestos a cada uno y las inhabilitaciones correspondientes, así como sus condenas y pérdidas de derechos.
¿Es posible presentar recurso?
Frente a la sentencia que declara el concurso de acreedores culpables puede interponerse un recurso de apelación, en virtud del artículo 460 de la Ley Concursal.
¿Cómo te puede ayudar la Ley de Segunda Oportunidad?
Aunque el que el concurso sea declarado culpable dificulta acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad (LSO), es posible apelar para demostrar que no recae la responsabilidad sobre ti, y cancelar tus deudas con esta.
En síntesis, el concurso culpable es declarado cuando hay dolo o culpa grave en la generación o agravación de la situación de insolvencia, porque hiciste movimientos indebidos como alzamiento de bienes, ocultar tu patrimonio, presentar documentación falsa o incumplir obligaciones contables y convenios. Además, porque no se solicitó la declaración, no colaboraste con la administración concursal y no se presentaron las cuentas anuales.
Ten en cuenta que en el concurso se pueden encontrar corresponsabilidades, lo que lleva a inhabilitaciones, elementos incluidos en la sentencia, la cual se puede apelar. Si quieres saber más del concurso culpable o necesitas acompañamiento, ¡conversemos!
¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?
¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!
Promedio de puntuación 5 / 5. Recuento de votos: 1
Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.
¡Siento que este contenido no te haya sido útil!
¡Déjame mejorar este contenido!
Dime, ¿cómo puedo mejorar este contenido?