Los delitos contra la Seguridad Social en el marco de la Ley de Segunda Oportunidad son considerados como fraude, por esto no se le suele aplicar la exoneración que se puede hacer con otro tipo de deudas a quienes tienen este tipo de antecedentes.
Incluso, el hecho de haber cometido delitos contra la Seguridad Social puede suponer un gran impedimento para acogerse a la ley porque se le considera como delito económico y no haberlos cometido se incluye dentro de los requisitos que le solicitan a los deudores.
En el presente artículo te contamos más acerca de los delitos contra la Seguridad Social, los delitos de este tipo agravados, y cómo afectan el acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, si el tema te interesa tanto como a nosotros quédate hasta el final.
¿Cuáles son los delitos contra la Seguridad Social que impiden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Los delitos contra la Seguridad Social que impiden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad son: el fraude, el ocultamiento de bienes, la evasión de impuestos, el blanqueo de capitales, y el falseamiento de documentos.
¿Qué es un delito agravado contra la Seguridad Social?
Como delito contra la Seguridad Social se conocen las acciones u omisiones que afectan de forma directa el patrimonio público, este tipo de delitos está tipificado ampliamente en nuestra legislación. En el artículo 307 del Código Penal se menciona el delito básico contra la seguridad social expresando que:
“El que, por acción u omisión, defraude a la Seguridad Social eludiendo el pago de las cuotas de ésta y conceptos de recaudación conjunta, obteniendo indebidamente devoluciones de las mismas o disfrutando de deducciones por cualquier concepto asimismo de forma indebida, siempre que la cuantía de las cuotas defraudadas o de las devoluciones o deducciones indebidas exceda de cincuenta mil euros será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía salvo que hubiere regularizado su situación ante la Seguridad Social en los términos del apartado 3 del presente artículo”.
En estos casos la pena oscila entre uno y cinco años de cárcel, y una multa que tiene como límite máximo seis veces el importe defraudado, se impondrá también responsable la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de tres a seis años.
Por otro lado y en cuanto a las sanciones que supone realizar un delito agravado de esta naturaleza se menciona en el artículo 307 bis que el delito será castigado con la pena de prisión de dos a seis años y una multa del doble al séxtuplo de la cuantía cuando en la comisión del delito siempre que se den algunas de las siguientes circunstancias:
a) Que la cuantía de las cuotas defraudadas o de las devoluciones o deducciones indebidas exceda de ciento veinte mil euros.
b) Que la defraudación se haya cometido en el seno de una organización o de un grupo criminal.
c) Que la utilización de personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica interpuestos, negocios o instrumentos fiduciarios o paraísos fiscales o territorios de nula tributación oculte o dificulte la determinación de la identidad del obligado frente a la Seguridad Social o del responsable del delito, la determinación de la cuantía defraudada o del patrimonio del obligado frente a la Seguridad Social o del responsable del delito.
Por último está el delito contra la Seguridad Social atenuado que incluye acciones menos graves, cometido por las personas que obtuvieron disfrute de prestaciones o la prolongación indebida del mismo o facilitó la obtención por medio de errores provocados o la tergiversación de los hecho que no suelen ser tan graves serán castigados con una pena de multa del tanto al séxtuplo.

¿Cómo afecta un delito agravado a la Seguridad Social al acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Un delito agravado afecta la posibilidad de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad porque las deudas de esta naturaleza implican que el deudor no haya actuado en el pasado de buena fe y este es uno de los requisitos que tienen las personas para poder acogerse a dicha ley y que se les elimine de forma parcial o total sus obligaciones financieras.
¿Qué sanciones existen por cometer un delito agravado contra la Seguridad Social?
Al cometer un delito agravado contra la Seguridad Social existen varios tipos de sanciones, de acuerdo al nivel de gravedad del delito la pena de prisión va de dos a seis años, mientras la multa puede tener un valor de hasta seis veces el valor defraudado, además se le impondrá al responsable la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de cuatro a ocho años.
¿Realizaste delitos agravados contra la Seguridad Social, pero deseas acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad? Podemos ayudarte, contamos con años de experiencia en este tema, puedes escribirnos para recibir asesoría de los mejores.
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