Si tienes deudas que no has pagado y no has llegado a un acuerdo extrajudicial con tus acreedores para saldarlas, seguramente tienes muy cerca una reclamación por la vía judicial, y aunque esto genera miedo entre los deudores, ¡no te preocupes! Pues podrías recurrir con una oposición al procedimiento monitorio. Quédate leyendo, porque te contaremos qué es y cómo hacerla.
¿Qué es el procedimiento monitorio?
El procedimiento monitorio es una herramienta judicial usada para cobrarte deudas líquidas pendientes por pagar de una manera más ágil, a partir de la presentación de documentos que comprueban su existencia.
¿Qué ocurre si el deudor no comparece?
Cuando te reclaman el pago de la deuda a través del procedimiento monitorio, tienes un plazo de 20 días para pagarla o para comparecer. Si no te presentas, podrían embargar tus bienes hasta que se consiga el dinero para cubrir lo que debes.
¿Y si el deudor comparece y se opone a la deuda?
En caso de que te presentes para pagar, se archivará el proceso, pero si lo haces para oponerte porque ya saldaste la deuda, hay algún error o no responderás por la cantidad que te reclaman, tendrás que presentar un escrito exponiendo tus motivos.
Plazo de oposición al procedimiento monitorio
Como ya te contamos arriba, el procedimiento monitorio consiste en un juicio al que tienes un plazo de 20 días para presentarte a pagar la deuda o para oponerte, tiempo que se cuenta desde que el juzgado admite la demanda.
Si decides oponerte y la cantidad que te cobran es inferior a los 6.000 euros, tendrás 10 días para impugnar; pero, si su importe es superior, tienes 30 días para interponer una demanda.
¿Por qué oponerse al procedimiento monitorio?
Hay diferentes razones por las que te puedes oponer, que están relacionadas con que no estás de acuerdo con lo que te cobran, caso en el que debes presentar un escrito de oposición argumentando que:
- No se reconocerá la totalidad o una parte de la deuda, y el por qué, presentado de manera concisa. Por ejemplo, si hay pluspetición (te están cobrando de más).
- La deuda no existe.
- Falta de legitimación, o sea que no eres el titular de la deuda o los datos sobre esta no son comprobables.
Requisitos de la oposición
Para presentar una oposición al procedimiento necesitas cumplir con los siguientes requisitos:
- Presentar el escrito de oposición en los 20 días hábiles contados a partir del requerimiento del pago.
- Señalar el juzgado al que va dirigido.
- Tus datos de identificación.
- Se deben explicar, de manera concisa y por escrito, los motivos de oposición.
- Los fundamentos del derecho en el que se basa la oposición.
- Hacer la solicitud de que el juicio pase a lo verbal u ordinario.
- La fecha y el lugar donde se realiza el escrito, además de tu firma.
- Si te reclaman cantidades superiores a los 2.000 euros, el escrito debe estar firmado por un abogado y un procurador.
Cómo ejercer la oposición al monitorio
Para ejercer la oposición, tendrás que presentar el escrito en el que, de acuerdo con el artículo 815 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, alegues ‘‘de forma fundada y motivada’’ los motivos por los que consideras que, no debes ‘‘todo o en parte, la cantidad reclamada’’.
Cambio de juicio monitorio a ordinario
Si te opones al procedimiento monitorio, se pasa a un juicio ordinario (si te reclaman más de 6.000 euros), donde hay una contienda en la que el juez debe decidir quién tiene razón, si tus acreedores o tú, como deudor.
Importancia de las alegaciones en el escrito de oposición
El escrito de oposición, dependiendo de las alegaciones que se presenten, da paso a la apertura de un juicio verbal u ordinario, por eso es importante que estén bien fundamentadas.
¿Los procedimientos monitorios tienen condena en costas?
Los costes del procedimiento monitorio dependen de tu caso y la cuantía que te reclaman; por ejemplo, si es menor a los 2.000 euros y no requiere de un abogado ni un procurador, no tiene coste, pero si sí es así, tendrás que responder por los honorarios de estos.
¿Es posible resolver un procedimiento monitorio sin juicio?
Claro que sí, incluso si tomas medidas antes de que pueda avanzar, saldrías beneficiado. Un ejemplo de ello es cuando haces un contrato de reconocimiento de deuda a tiempo para recoger los términos en los que vas a responder por tu obligación y que luego servirá para el acuerdo de satisfacción extrajudicial y concluir la reclamación.
Para concluir, el procedimiento monitorio es una vía judicial para la reclamación de deudas impagadas, al cual te puedes oponer en un plazo de 20 días argumentando que la cantidad que te reclaman no es la correcta, que ya la pagaste o que hay algún error de legitimación.
El escrito debe contener, además, tus datos como deudor, la firma de un abogado y un procurador si la cifra cobrada es de más de 2.000 euros. Si requieres ayuda para oponerte, o necesitas asesoría, ¡escríbenos!, también somos expertos en la Nueva Ley de Segunda Oportunidad y en la condonación de deudas.
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