El mundo financiero y concursal está repleto de términos específicos que a menudo pueden parecer complejos para aquellos no familiarizados con este ámbito. Dentro de esta vasta terminología, uno de los conceptos más recurrentes y cruciales es el de los «créditos ordinarios».
A lo largo de este artículo, analizaremos este término, su significado, los tipos que existen y su relación con la Ley de la Segunda Oportunidad en España.
¿Qué son los créditos ordinarios?
Los créditos ordinarios son aquellos que no disfrutan de ningún privilegio legalmente establecido en caso de impago o insolvencia del deudor. Esto significa que no tienen una preferencia de cobro que puede existir en otros tipos de créditos, como los privilegiados o los subordinados.
Generalmente, son el grueso de las deudas que una empresa o individuo tiene, y su tratamiento es esencial en situaciones de insolvencia o en procesos concursales.
Si una empresa o persona entra en un proceso concursal, el tratamiento de estos créditos es fundamental. Serán los últimos en recibir pago tras los créditos con privilegio, y antes que los subordinados. A pesar de no tener un privilegio especial, representan una parte esencial de la estructura de deuda de cualquier entidad.
¿En qué orden se cobran los créditos en caso de mora?
El orden de pago de los créditos en caso de mora o insolvencia se establece legalmente y sigue una jerarquía clara. En primer lugar, se sitúan:
- Los créditos contra la masa, son aquellos generados tras la declaración de concurso y que son imprescindibles para el desarrollo del proceso concursal.
- Después, se sitúan los créditos con privilegio especial, que pueden estar vinculados a bienes o derechos específicos del deudor.
- Una vez atendidos estos créditos, se pasa a los créditos con privilegio general, como salarios o indemnizaciones pendientes.
- Posteriormente, se encuentran los créditos ordinarios. Estos, como hemos mencionado, no cuentan con un privilegio específico y su cobro depende de la masa activa disponible tras atender los créditos anteriores.
- Finalmente, en último lugar, se encuentran los créditos subordinados, que tienen las menores garantías de cobro.
Principales créditos ordinarios
Los créditos ordinarios pueden abarcar una amplia variedad de deudas. Generalmente, incluyen deudas comerciales, como facturas pendientes de proveedores o créditos bancarios sin garantías específicas. También pueden considerarse dentro de esta categoría aquellos préstamos entre particulares que no posean un carácter subordinado.
Es importante entender que, aunque no tengan un carácter privilegiado, los créditos ordinarios representan, en muchos casos, la mayor parte de la deuda de una entidad o individuo. Por ello, en situaciones de insolvencia, la gestión adecuada y negociación de estos créditos pueden determinar la viabilidad futura del deudor o la recuperación de una parte significativa de la deuda por parte de los acreedores.
¿Cómo afecta a la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad en España es una normativa que permite a particulares y autónomos en situación de sobreendeudamiento liberarse de sus deudas, bajo ciertas condiciones. Los créditos ordinarios tienen un papel relevante en este proceso, ya que son una parte sustancial de las deudas que se pretenden exonerar.

Para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, el deudor debe demostrar que es un deudor de buena fe y que realmente es insolvente. Siguiendo los pasos que requiere la ley, el deudor puede solicitar al juez la exoneración de las deudas no satisfechas, incluidos los créditos ordinarios.
No obstante, es esencial mencionar que la Ley de la Segunda Oportunidad establece ciertas deudas que no pueden ser exoneradas, independientemente de su naturaleza, entre ellas: las de pensión de alimentos, préstamos hipotecarios, indemnizaciones laborales, etcétera.
Sin embargo, en muchos casos, los créditos ordinarios pueden ser liberados, ofreciendo así al deudor una verdadera «segunda oportunidad» financiera. Es, sin duda, un instrumento legal de gran valor para aquellos que, tras enfrentarse a adversidades económicas, buscan rehacer su situación financiera y comenzar de nuevo. ¡Conoce si puedes acogerte a la ley en nuestro evaluador!
¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?
¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!
Promedio de puntuación 0 / 5. Recuento de votos: 0
Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.
¡Siento que este contenido no te haya sido útil!
¡Déjame mejorar este contenido!
Dime, ¿cómo puedo mejorar este contenido?